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   INTRODUCCIÓN A LOS JUICIOS DE NUREMBERG




LOS JUICIOS DE NUREMBERG



Nuremberg significó el asentamiento de nuevos principios morales que podrían traspasar fronteras para la detención, enjuiciamiento, dictado de sentencias y aplicación de las mismas hacia quienes, usando el poder como arma, sojuzgan a sus ciudadanos arrebatándoles sus derechos fundamentales.

Si bien y a lo largo de la historia de la humanidad los pueblos han luchado entre sí para ampliar sus fronteras y apropiarse de sus riquezas y recursos, las dos principales guerras fueron especialmente cruentas y universales.

Fueron cruentas porque en ambas se involucraron países de varios continentes que diezmaron sus recursos humanos, industriales y sociales.

Fueron universales porque no sólo influyó a aquellos Estados que se enfrentaban, sino que la aparición de la fotografía y la radio dieron una cobertura mundial; la prensa informaba de los conflictos interestatales pero la fotografía y la radio daban mayor pasión y realidad de las batallas y causaban un interés incluso a ciudadanos y líderes de países no involucrados en las guerras.

La Segunda Gran Guerra se diferenció de todas las anteriores, en cualquier período histórico, porque no solamente afectó a soldados empeñados en matarse para conquistar o defender posiciones, sino que Alemania, la nazificada, rompió todos los esquemas y principios bélicos al añadir en sus planes expansionistas la eliminación de seres humanos considerados tanto enemigos del pueblo alemán como de la raza, mediante el exterminio masivo y usando el poder para el sometimiento de la población alemana primero y europea después. 

Por primera vez los Estados vencedores (Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia y la Unión Soviética) promulgan unos Estatutos mediante los cuales ya no sancionan a la potencia perdedora, sino que persiguen, detienen y juzgan a sus líderes de forma individualizada como responsables de los crímenes cometidos tanto dentro como fuera de sus fronteras naturales.

Se crean figuras legales como Crímenes de Guerra o Contra la Humanidad para condensar de forma legible los crímenes cometidos contra la población civil y prisioneros de guerra desarmados; se penaliza nominalmente a quienes rebasan todos los principios que diferencian al ser humano de la bestia amparándose en el poder y el miedo de sus víctimas.

El resultado de Nuremberg para los años posteriores ha sido fructífero; conflictos bélicos internos o extraterritoriales han sido observados por la Sociedad de Naciones primero (1919-1946) y la Organización de Naciones Unidas después (desde 1945) para garantizar que estos conflictos se resuelvan dentro de unos protocolos de respeto y coherencia primando siempre las decisiones de cada pueblo pudiendo intervenir para mediar y pacificar las partes implicadas en los conflictos y el mantenimiento de unas reglas justas y equitativas para cada una de ellas; por supuesto la protección de la población indefensa y la capacidad de perseguir y juzgar a los líderes de una determinada nación pueden considerarse los principales logros de Nuremberg.

Creo firmemente en que cada ciudadano de un Estado es un pequeño propietario de la nación; los ciudadanos siempre deben disponer de unas libertades garantizadas y avaladas por sus electos representantes a fin de que, partiendo de cada uno de ellos y terminando en el conjunto de todos ellos, decidan libremente su futuro. Por esta razón, Nuremberg no fue simplemente un juicio común, sino el comienzo de un proceso encaminado a garantizar de forma universal los derechos fundamentales de cada nación con capacidad sancionadora para, de forma individualizada y nominal, a quien niegue y suprima que cada habitante posea libertad para tomar sus propias decisiones, viva en el respeto hacia sus conciudadanos sin menosprecio por religión, etnia, cultura o discapacidad.

Estos valores, defendidos en Nuremberg, son los que nos forman como personas integrantes de una sociedad libre, madura y asentada en principios morales y éticos perfectamente coordinados y establecidos. 

En total en Nuremberg se celebraron 13 Juicios, uno, el principal, cuyos integrantes del Tribunal, tanto Jueces como Fiscales y Abogados, eran representantes de las cuatro potencias vencedoras; los 12 Juicios restantes fueron presididos por Jueces y Fiscales exclusivamente norteamericanos y utilizando la misma Sala 600 de Nuremberg. Es curioso este detalle porque Estados Unidos nunca presionó al resto de países aliados para se uniesen a ellos y participar conjuntamente en estos 12 juicios.

Por mi parte, entre los Juicios de Nuremberg y los celebrados en otros lugares se llegó a encausar a todo el entramado nazi y sus siguientes ramificaciones:

Brazo político y legislativo: Gobierno nazi compuesto por el Partido Nazi (NSDAP) y cuyos integrantes dieron las órdenes precisas para la humillación, segregación, sometimiento y opresión tanto de Alemania como de los países invadidos desde 1939 produciendo, de forma deliberada, la muerte de varios millones de seres humanos utilizando medios perfectamente organizados para el exterminio en masa.

Este Gobierno anuló a la oposición parlamentaria y a los sindicatos obreros colocando a su propio partido, el NSDAP, como cabeza del poder alemán. Esto es la imposición de la dictadura. 

Juicio contra la jerarquía nazi

Juicio de los Ministros

 

Brazo social: La Sanidad nacional, que se puso al servicio de las Leyes Raciales, y los médicos que experimentaron con seres humanos sin su consentimiento y a los que produjeron torturas y muerte con total desprecio hacia la vida. En este brazo incluyo a los médicos militares de la SS y civiles adscritos al régimen hitleriano que realizaron sus experimentos en campos de concentración y exterminio y participaron de buen grado en el asesinato mediante la práctica de la eutanasia, tanto activa como pasiva, de discapacitados físicos y psíquicos y la ejecución de la esterilización humana como medio de prevención de la reproducción racial selectiva.

Juicio contra los Doctores

 

Brazo judicial: El Órgano Judicial del Estado con sus Jueces y Abogados que acatando en silencio las nuevas disposiciones impuestas por Adolf Hitler y su gobierno, dictaron a su vez sentencias judiciales ilegítimas e incompatibles con los Derechos y Libertades fundamentales inherentes a todo ser humano con el resultado de incapacitación de por vida, prisión y muerte de miles de ciudadanos.

Juicio contra los Jueces 

 

Brazo industrial: La industria alemana y su fortalecimiento mediante la esclavitud en beneficio propio; muchas industrias alemanas utilizaron mano de obra esclavizada proveniente de los ghettos y campos de concentración y de exterminio a los que trataron como ganado mediante la compra o alquiler de cada uno de ellos y tratados brutalmente hasta la extenuación muriendo un gran número de estos prisioneros por el hambre, agotamiento y trato inhumano.

Juicio contra IG Farben

Juicio contra Erhard Milch

Juicio contra Friedrich Flick

Juicio contra Alfred Krupp

Juicio contra Oswald Pohl

 

Brazo militar: El ejército como tal y su implicación en Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad por el control de la población alemana primero y de los países invadidos después para efectuar la depuración racial y política mediante el confinamiento y asesinato de quienes eran considerados tanto enemigos del pueblo (comunistas, Testigos de Jehová, etc...) como de la raza aria (judíos, gitanos, etc...); el ejército nazificado de Adolf Hitler asumió la adhesión de la SA, transformada en la SS, como militares que tomaron el control de los campos de concentración y exterminio diseminados por toda Europa en donde, de forma organizada, estructurada y mecanizada, procedieron al exterminio sistemático de más de 6 millones de seres humanos indefensos.

Juicio contra los Einsatzgruppen

Juicio POR EL CASO RuSHA

Juicio de los Rehenes

Juicio CONTRA el Alto Mando

 

Otros Juicios no expuestos en esta página web y celebrados en campos de concentración y exterminio también poseen un valor tanto histórico como ejemplarizante porque sirvieron para sentar en el banquillo de los acusados de forma nominal y no representativa a quienes, mediante su posición o cargo, cometieron Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad en cualesquiera de sus formas y ámbito.

 


   CONCEPTOS Y BASES LEGALES PARA LOS JUICIOS: DEFINICIÓN




Se conoce como los Juicios de Nuremberg al conjunto de juicios y sus sesiones celebrados en esta ciudad en los que se juzgó tanto a la jerarquía del gobierno nazi como a los responsables de haber cometido Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad durante el desarrollo de la Segunda Guerra Mundial, es decir, desde el 1 de Septiembre de 1939 con la invasión alemana a Polonia y la capitulación del ejército germano ante las tropas aliadas el 8 de Mayo de 1945.


ENLACE RECOMENDADO


LA DESNAZIFICACIÓN DE ALEMANIA

 


   CONCEPTO DE CRÍMENES DE GUERRA RESPECTO A ALEMANIA




Las potencias vencedoras contra Alemania definieron los Crímenes de Guerra como la violación y anulación sistemática de los derechos y libertades de la población civil y militar tanto en Alemania como en el resto de países invadidos por este.

Como Crímenes de Guerra se entendieron aquellos actos en los que fuerzas armadas alemanas asesinaron a tanto a civiles como a prisioneros de guerra sin un motivo de defensa propia o que supusiese una amenaza potencial a la integridad de las fronteras alemanas o que el Estado se viese minado en sus principios elementales como tal.

 Se consideraron Criminales de Guerra a los siguientes sujetos o estamentos:

Jerarquía nazi:

Dictaron Leyes y Decretos contra la población no aria a fin de suprimir sus derechos fundamentales como la exclusión de la educación, libertad de culto, propiedad y trabajo.

Dieron órdenes precisas para la segregación cultural, religiosa y étnica así como la creación de ghettos a fin de recluir y esclavizar contra su voluntad a quienes eran considerados no arios o subhumanos en beneficio del gobierno nazi.

Dieron órdenes precisas para el levantamiento de campos de concentración en donde recluir a los considerados no arios y ser tratados como mano de obra esclavizada mediante la fuerza en beneficio del estado nazi. Para este fin se crearon organismos específicos que regulaban los transportes por ferrocarril desde toda la Europa invadida hacia estos campos de concentración y exterminio ubicados en Alemania, Holanda, Bélgica, Bielorrusia, Polonia, etc...

Dieron órdenes precisas para el levantamiento de campos de exterminio en donde asesinar de forma masiva a los considerados no arios mediante el empleo de la fuerza. Para este fin se crearon organismos específicos que regulaban los transportes por ferrocarril desde toda la Europa invadida hacia estos campos de exterminio ubicados principalmente en Polonia.

 

Ideólogos nazis: Personas con alto nivel cultural o social que, afines y afiliados al Partido Nazi y ocupando cargos de responsabilidad en la política nacional, influyeron sobre la población mediante la prensa y la radio con el objetivo de provocar desprecio y odio infundado contra los considerados no arios.

 

Responsables de la Solución Final al Problema Judío: Quienes, mediante su cargo político y militar, acataron las órdenes, y las dieron a su vez, de segregación, reclusión, esclavización y aniquilación de los considerados no arios.

 

Los Einsatzgruppen: Quienes organizados y estructurados siguieron a las tropas alemanas en su avance hacia la Unión Soviética con el único objetivo de asesinar en su totalidad a cuantos considerados no arios encontraban en ciudades y pueblos recién invadidos.

 

Los médicos:

Tanto civiles como militares y con total desprecio hacia la vida humana, utilizaron a prisioneros de los campos de concentración y exterminio para experimentos médicos injustificados y produciendo en sus víctimas lesiones irreversibles y extremadamente dolorosas para acabar finalmente falleciendo por estos experimentos.

Tanto civiles como militares, llevaron a cabo la Operación T4f13 por la que fueron asesinados en los sanatorios mentales de Alemania más de 71.000 enfermos psíquicos y físicos bajo la excusa de ser “vidas indignas de ser vividas”.

Tanto civiles como militares, utilizaron diversos medios como Rayos-X o inyecciones para producir la esterilización de mujeres con el único objetivo de evitar la procreación en aquellos grupos considerados no arios.

 

Responsables de los campos de concentración y exterminio: Al margen de las órdenes recibidas de esclavizar y/o asesinar a los prisioneros e influenciados por su ideología nazi, no pusieron reparo alguno en acatar dichas órdenes a sabiendas de que estos actos eran inmorales y carecían de legalidad ya que ni uno sólo de los prisioneros esclavizados y/o asesinados, bien civiles bien prisioneros de guerra, habían sido sometidos a un juicio justo.

 

Empresas beneficiadas de la esclavitud:

Empresas que compraron o alquilaron a prisioneros para ser utilizados como mano de obra esclava en las diferentes factorías que se asentaban en las cercanías de los campos de concentración y exterminio y que mayormente perecían de hambre y agotamiento.

Empresas que compraron a prisioneros para ser utilizados como cobayas en experimentos médicos y químicos o ensayos militares y que principalmente terminaban con la irremediable muerte de los prisioneros.

 

Jueces: Aplicaron las Leyes y Decretos dictados por Adolf Hitler siendo conscientes de que los resultados atentaban contra los derechos de los ciudadanos; también sabían que las sentencias emitidas por ellos eran injustas por lo que firmaron órdenes de esterilización, muerte y otras sin considerar la legalidad y efectividad de las mismas.

 

 


   ¿QUIÉNES FUERON CONSIDERADOS NO ARIOS?




Aunque el objetivo principal era la población judía alemana primero y europea después, también se consideraron no arios los siguientes grupos:

Cultural: Comunistas, etc...

Religioso: Judíos, Testigos de Jehová, católicos no afines al régimen, etc...

Local: Polacos, bielorrusos, checos, etc...

No aptos: Discapacitados psíquicos y físicos, enfermos mentales, etc...

Étnicos: Gitanos, etc...

Sociales: Homosexuales, lesbianas, etc...

 


   CONSIDERACIONES PREVIAS A LOS JUICIOS DE NUREMBERG




Desde la llegada de Adolf Hitler al poder el 30 de Enero de 1933 hasta la capitulación alemana el 8 de Mayo de 1945 se produjeron los siguientes hechos que constituyeron la mayor aberración política de la historia sometiendo a Europa a un genocidio internacional:

Imposición de Leyes y Decretos discriminatorios.

Marginación social, ideológica, educativa, religiosa, étnica, laboral y de propiedad.

Expoliación de la propiedad privada.

Traslado forzoso a ghettos con fines segregacionistas y/o esclavitud.

Traslado forzoso a campos de concentración con fines de esclavitud.

Traslado forzoso a campos de exterminio con fines de aniquilación total.

Todos estos puntos fueron establecidos por este orden de forma estructurada y llevados a la práctica mediante mecanismos bien definidos por el gobierno nazi a fin de conseguir eliminar a unos 18,5 millones de judíos de toda Europa así como a gitanos romas y sintis, ciudadanos de países clasificados como subhumanos y cultos y tendencias religiosas y políticas no acordes a las leyes raciales nazis.

 


   BASES ESTABLECIDAS PARA JUZGAR LOS CRÍMENES DE GUERRA




El 8 de Agosto de 1945 se reúnen en Londres representantes de Gran Bretaña, Estados Unidos, Unión Soviética y el Gobierno Provisional de Francia que acuerdan la creación de un Tribunal Penal Militar Internacional. 

Este Tribunal establece unos Estatutos con el fin de someter a juicio a quienes han sido responsables directos e indirectos de los Crímenes de Guerra y Contra la Humanidad cometidos en Europa y anteriormente enunciados. Así mismo se incluyen en los Estatutos todas las medidas legales que aseguren a los procesados una defensa veraz y legal ante las acusaciones de las que son objeto.

No cabe duda que comenzando por los acusados y terminando por otros países en la línea política de la Alemania nazi cuestionaron la legitimidad de este Tribunal ya que era la primera vez que se tomaban medidas disciplinarias y sancionadoras contra un gobierno independiente; no existían precedentes históricos.

Finalmente estos Estatutos son aplicados en base a los siguientes puntos:

Se rescata el concepto de Crimen contra la Humanidad que ya se definió en la Convención de La Haya de 1907 y que entró en vigor el 22 de Enero de 1910.

Se clasifican los delitos cometidos y por primera vez se tipifican.

Se cambia el aspecto de las Reglas de Derecho sobre las relaciones entre diferentes Estados y también, por primera vez, se valoran los delitos cometidos por individuos de cada Estado y los Derechos y Deberes de cada uno de los ciudadanos del mismo.

Se admite perseguir a ciudadanos, líderes o no, de un país determinado cuando por la clasificación de su delito así se determine.

Estas nuevas reglas internacionales son aprobadas por las anteriormente citadas potencias mundiales vencedoras que sientan precedente para la futura consolidación del Tribunal Penal Internacional de La Haya.

Si bien en un principio son estas cuatro potencias las promotoras de los Estatutos, otros 19 países más suscribirán su apoyo a las mismas.

 


   LUGAR ELEGIDO PARA LOS JUICIOS Y SUS SESIONES




Sala 600 del Palacio de Justicia de Nuremberg en la avenida Further Strasse. El motivo de esta elección era que el edificio no había sido dañado por los bombardeos, disponía de unos 22.000 metros cuadrados de espacio, más de 500 oficinas, unas 80 salas de juicio y poseer una prisión anexa.


Disposición de la Sala 600.

(Click para ampliar)

 


   PROCESADOS Y TESTIGOS




PETICIONES DE PROCESAMIENTO: 4.850.

PROCESADOS REALMENTE: 611 personas.

TESTIGOS PRESENTES: 360.

TESTIGOS NO PRESENTES QUE APORTAN DECLARACIÓN JURADA: 2.000.

 


   LEGISLACIÓN INTERNACIONAL RELATIVA A LOS DERECHOS HUMANOS Y OTROS




Carta de los Derechos de la Familia presentada por la Santa Sede a todas las personas, instituciones y autoridades interesadas en la misión de la familia en el mundo contemporáneo.

Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer.

Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los Prisioneros de Guerra (Convenio III)

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Fernando VII)

Declaración de los Derechos del Niño.

Declaración sobre la eliminación de la discriminación a la mujer.

Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer.

Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o conflicto.

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Derechos fundamentales de la persona (España)

Derechos fundamentales de la persona (Europa)

Derechos fundamentales del individuo.

Jurisdicción Universal (La), catorce principios fundamentales sobre el ejercicio eficaz de la jurisdicción universal.

Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad.

Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias.

Tratado de Versalles de 1919 (El)

 


   PLANOS Y MAPAS




Con puntos rojos se señalan los lugares en donde se celebraron los
principales juicios por Crímenes de Guerra y contra la Humanidad.

 


   Los campos de concentración nazis    




Película proyectada como prueba durante los Juicios de Nuremberg.

 


   PELÍCULAS RELACIONADAS CON LOS JUICIOS DE NUREMBERG




18-01-1946: El General Montgomery 
visita los campos de exterminio.

El negacionista David Irving, mediante su libro "la guerra de Hitler", intenta demostrar que el Holocausto no existió y que los Juicios de Nuremberg fueron una mentira global.

Juicio contra la jerarquía nazi 
(película original USA)

Deutsche Film AG - 19-02-1946. 
Reconstrucción en Berlín, Juicio por 
Crímenes de Guerra en Nuremberg.

Los nazis a Juicio: Hermann Goering.

Los nazis a Juicio: Rudolph Hess.

"La experiencia americana", hablan los responsables USA tras varios años del Juicio.

Fragmento de película en el que Alfred Jodl es interrogado el 6 de Junio de 1946 (día 148 del Juicio contra la jerarquía nazi) por el Fiscal G. D. Roberts sobre los deseos del acusado para promover la guerra europea.

Fragmento de película en el que Alfred Rosenberg es interrogado el 16 de Abril de 1946 por el Fiscal Thomas Dodd sobre el empleo de trabajadores forzados para utilizarlos en la industria alemana.

Fragmento de película en el que Arthur Seyss Inquart es interrogado el 10 de Junio de 1946 (día 151 del Juicio contra la jerarquía nazi) por el Dr. Gustav Steinbauer sobre su función como administrador de los países ocupados por Alemania.

Fragmento de película en el que Baldur von Schirach es interrogado durante el Juicio contra la jerarquía nazi.

Fragmento de película en el que Erich Raeder, el 1 de Octubre de 1946 (día 218 del Juicio contra la jerarquía nazi), es declarado culpable por 3 cargos y condenado a Cadena Perpetua.

Fragmento de película en el que Ernst Kaltenburnner es interrogado durante el Juicio contra la jerarquía nazi.

Fragmento de película en el que Franz von Papen, el 18 de Junio de 1946 (día 157 del Juicio contra la jerarquía nazi), es interrogado por Sir David Maxwell-Fyfe sobre sus funciones como embajador en Turquía.

Fragmento de película en el que Fritz Sauckel realiza su última declaración sobre el empleo de mano de obra esclava en la industria alemana.

Fragmento de película en el que Hans Frank es interrogado durante el Juicio contra la jerarquía nazi.

Fragmento de película en el que Hans Fritzsche realiza su alegato final declarando que fue engañado por Hitler.

Fragmento de película en el que Hjalmar Schacht, el 2 de Mayo de 1946, es interrogado por Robert H. Jackson; posteriormente sería declarado inocente de los cargos imputados.

Fragmento de película en el que Joachim von Ribbentrop, el 30 de Marzo de 1946, es interrogado por su abogado Dr. Martin Horn sobre las relaciones diplomáticas con Francia y Gran Bretaña.

Fragmento de película en el que Julius Streicher, el 26 de Abril de 1946 (día 115 del Juicio contra la jerarquía nazi), es interrogado por su abogado el Dr. Hanns Marx mientras declara disconformidad con parte del Tribunal exigiendo su cambio inmediato.

Fragmento de película en el que Karl Doenitz, el 10 de Mayo de 1946 (día 126 del Juicio contra la jerarquía nazi), es interrogado por Sir David Maxwell-Fyfe en relación a su conocimiento de los campos de concentración y el uso de prisioneros como esclavos en la industria alemana.

Fragmento de película en el que Konstantin von Neurath, el 25 de Junio de 1946 (día 163 del Juicio contra la jerarquía nazi), es interrogado por Sir David Maxwell-Fyfe sobre el trato recibido por los ciudadanos de Bohemia y Moravia tras la anexión germana.

Fragmento de película en el que Wilhelm Frick, el 1 de Octubre de 1946 (día 218 del Juicio contra la jerarquía nazi), es declarado culpable por tres cargos y sentenciado a morir en la horca.

Fragmento de película en el que 
Wilhelm von Keitel declara durante 
el Juicio contra la jerarquía nazi.

Los Juicios de Nuremberg, los últimos días.

Fragmento de la película sobre la ejecución de algunos líderes nazis en la prisión de Nuremberg. 16 de Octubre de 1946.

 


   Los Juicios de Nuremberg (1945-1946)   




 


   LUGARES DONDE SE CELEBRARON JUICIOS CONTRA CRIMINALES NAZIS   




 


   Vencedores o vencidos   




 


   GALERÍA FOTOGRÁFICA




 


   NOTA DEL AUTOR




LOS TEXTOS DE LOS JUICIOS DE NUREMBERG 
RECOGIDOS EN ESTA WEB POSEEN DERECHOS DE AUTOR.

PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN DE LOS TEXTOS SIN PERMISO EXPRESO DEL AUTOR.

 


   IMÁGENES RELACIONADAS




Reparaciones para adecuar la Sala 600 
de Nuremberg en donde se juzgará a la 
jerarquía nazi. 11 de Septiembre de 1945.

Soldados de Infantería de la Compañía C y Batallón 371 tienen la misión de vigilar a los prisioneros acusados de los crímenes más infames de la historia y actualmente en juicio en Nuremberg. En la foto se recoge una de las alas de la cárcel de Nuremberg en la que aparecen, de izquierda a derecha, el Sargento especialista Edward Gibson y el Cabo James Kelly recibiendo instrucciones del Teniente de Primera Warren GH Crécy, funcionario de prisiones, de Corpus Christi (Texas). Detrás de ellos, mirando a las celdas individuales, aparecen los soldados de origen europeo utilizados por el Ejército de los EE.UU. para complementar el personal de este país. Fue en esta ala y en sus celdas en la que varios acusados estaban confinados como Hermann Goering y Rudolf Hess.

Fiscal Telford Taylor.

 


   DOCUMENTOS ADICIONALES




Véase el documento "Nuremberg, los argumentos de la defensa", por Carlos W. Porter.

Véase el "Documento desclasificado y facilitado por la CIA" de los Estados Unidos de América compuesto de 47 páginas en el que se recogen TODOS los interrogatorios practicados en Nuremberg a prisioneros de guerra nazis con detalle de sus nombres y apellidos, fechas de los procesamientos, unidades encargadas de procesarlos así como un listado adicional de todos aquellos civiles y militares nazis juzgados por el Tribunal de Nuremberg. 

Véase el documento "¿Los Juicios de Nuremberg fueron un precedente internacional?", por Hans Kelseng.

Véase el documento "Nuremberg, la última batalla", por David Irwing.

Véase el documento "120 preguntas sobre el Holocausto".

Véase el documento de "procesamiento de Jurgen Stroop".

Véase la "Composición del gobierno de Adolf Hitler". 

Véase la "Desnazificación de Alemania". 

 


   LIBROS RELACIONADOS




LOS 13 JUICIOS DE NUREMBERG:

NUREMBERG: JUICIO CONTRA LA JERARQUÍA NAZI:

ADOLF HITLER, EL MUNDO EN LLAMAS (SENCILLO):

ADOLF HITLER, EL MUNDO EN LLAMAS (COLOR):

ADOLF HITLER, EL MUNDO EN LLAMAS + MI LUCHA:

MI LUCHA (MEIN KAMPF):         

EL MITO DEL SIGLO XX:    

EL JUDÍO INTERNACIONAL:  

¡HITLER HABLA!:

30 DISCURSOS DE ADOLF HITLER:

CRONOLOGÍA DEL NAZISMO:

EL PROCESO DE DESNAZIFICACIÓN DE ALEMANIA:

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (SENCILLO):

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (Vol. 1/2):

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (Vol. 2/2):

 



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